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Foto: TotalEnergies

TotalEnergies: primera condena por greenwashing en Francia y lo que significa para el Perú

Una sentencia histórica ha sacudido a la industria energética. No cuestiona la inversión en energías limpias sino la forma en que se comunican promesas climáticas sin argumentos técnicos ni evidencia verificable.

Fecha de publicación: octubre 30, 2025

Tiempo de lectura: 5 minutos

El 23 de octubre, un tribunal civil de París resolvió que TotalEnergies incurrió en prácticas comerciales engañosas al promocionar su ambición de “neutralidad de carbono para 2050” y su papel como “actor de la transición energética” sin sustento suficiente. La Corte ordenó retirar pasajes del sitio web francés, publicar el fallo durante 180 días y pagar indemnizaciones a las ONG demandantes. Es, según la prensa francesa, la primera condena por greenwashing contra una petrolera en Francia.

La empresa respondió al día siguiente: “TotalEnergies reconoce la decisión del Tribunal Judicial de París, que desestimó la mayoría de los reclamos (…) y ordenó la eliminación de tres párrafos relativos a la ambición de neutralidad de carbono”. Añadió que sustituirá esas secciones por “descripciones fácticas” de sus inversiones en bajas emisiones.

Cabe mencionar que la empresa francesa tiene presencia en el Perú desde el 2012 y desarrolla tres modelos de negocios: Lubricantes, Aditivos para Combustible y Fluidos Especiales.

Lo que se debatió

Las ONG Greenpeace France, Friends of the Earth France y Notre Affaire à Tous alegaron que la narrativa corporativa sobre “net-zero 2050” y “transición multienergía” omitía escenarios, supuestos y límites (por ejemplo, cuánto representaba la reducción real frente a las compensaciones), mientras la compañía mantenía planes de expansión de hidrocarburos.

Según el Financial Times, el tribunal coincidió en que esas afirmaciones generales podían inducir a error al consumidor, aunque desestimó los cargos vinculados al gas y biocombustibles al considerarlos informativos, no comerciales.

¿Por qué importa para el Perú (y para filiales francesas)?

  • Publicidad y consumo. En el Perú, el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) exige información “veraz, suficiente y apropiada” y prohíbe la publicidad engañosa. El Indecopi, mediante su Guía de Publicidad Ambiental (2023), advierte sobre expresiones genéricas como “eco-friendly” o “carbono neutro” si no hay metodologías verificables, límites del cálculo y evidencia disponible.
  • Implicación práctica. Una filial que anuncie “neutralidad 2050” o “100% verde” en el Perú debe acompañar la afirmación con inventarios GHG Protocol, metas intermedias, porcentaje de reducción vs. compensación y verificación externa. De lo contrario, puede enfrentar procedimientos ante Indecopi y órdenes de rectificación pública.
  • Arrastre regulatorio desde Europa y Francia. La Directiva (UE) 2024/825 (Empowering Consumers), aplicable desde septiembre del 2026, prohibirá alegaciones ambientales vagas o basadas solo en compensaciones si no están sustentadas y verificadas. Francia, además, mantiene su ley de deber de vigilancia, que obliga a grandes grupos a controlar los impactos ambientales y sociales de sus filiales. En consecuencia, las subsidiarias francesas en el Perú estarán obligadas a replicar los estándares de transparencia de sus matrices.
  • Mercado de capitales. En el ámbito financiero, las promesas climáticas incluidas en reportes, presentaciones o “Hechos de Importancia” deben cumplir las reglas de veracidad y suficiencia supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV). Cualquier desalineación entre el relato comercial y los datos auditados aumenta el riesgo sancionador y reputacional para emisores locales o filiales de grupos extranjeros.
  • Gobernanza del mensaje. El caso francés penalizó la ambigüedad. TotalEnergies anunció que reemplazará los textos cuestionados por cifras concretas: capacidad renovable, TWh y volumen de inversión. Esa es la pauta para las empresas peruanas, con menos eslóganes y más datos verificables.

¿Qué deberían hacer las empresas en el Perú?

  • Auditar las pretensiones. Eliminar términos absolutos (“cero emisiones”, “100% sostenible”) sin pruebas accesibles ni límites claros.
  • Estandarizar. Usar metodologías reconocidas (ISO 14064, GHG Protocol), establecer metas intermedias, detallar el peso de las compensaciones y asegurar verificación independiente.
  • Coherencia matriz-filial. Alinear métricas y escenarios con los reportes de la casa matriz, evitando contradicciones entre mercados.
  • Doble revisión. Involucrar a Marketing, Legal, Sostenibilidad y Compliance antes de difundir cualquier mensaje ambiental.
  • Tener un plan de rectificación. Establecer protocolos para corregir piezas comunicacionales si una autoridad exige precisiones, como ocurrió en Francia al ordenar la eliminación de los tres párrafos.

Más allá del caso: la lección

En su respuesta oficial, TotalEnergies subrayó que “está orgullosa de producir petróleo para aprovisionar a los franceses y de haberse convertido en el número tres mundial del gas natural licuado (GNL)”, pero destacó su apuesta por “la transición energética, las nuevas energías y las renovables”. El tribunal, sin embargo, sancionó cómo se comunica, no qué se produce: el énfasis estuvo en la veracidad del discurso.

Con la Guía de Publicidad Ambiental del Indecopi vigente y el nuevo estándar europeo en camino, las compañías que operan en el país —y en especial las subsidiarias de grupos franceses— deberán pasar de la narrativa aspiracional a la evidencia verificable. Entre 2020 y 2024, Indecopi ha iniciado más de 800 investigaciones preliminares por publicidad con términos como “100 % natural”, “biodegradable” o “amigable con el ambiente”, en sectores de alimentos, limpieza y cuidado personal.

El precedente francés deja claro que el greenwashing ya no es solo un riesgo reputacional: es un riesgo legal.